Desde “Enredadera”. grupo de mujeres y feministas del Centro Cultural y Social Estación Esperanza, creemos que hacer una revisión histórica sobre un tema tan complejo como lo es el de la prostitución, obliga a revisar también su actualidad, porque entendemos que no puede quedarse en mera anécdota –anécdota que se sostiene además desde la mirada masculina- una cuestión que involucra los cuerpos y las subjetividades de muchas mujeres, niñas y niños en nuestro país y en Rafaela. Más allá -o más acá- del debate importantísimo e ineludible en torno a la prostitución como trabajo sexual versus una forma más de esclavitud, consecuencia del sistema en el que vivimos (discusión que se viene dando en los últimos tiempos en el país y en la que tienen voz las protagonistas de esta historia) nos interesa llevar la mirada hacia un tema que nos preocupa muchísimo –que entendemos no nos es ajeno- y en el que además tanto quienes se consideran trabajadoras sexuales como quienes consideran que la prostitución es una forma de violencia hacia las mujeres, niñas y niños, concuerdan: la Trata de personas.
Así podemos leer en la página web de AMMAR Córdoba (Sindicato de Mujeres Trabajadoras Sexuales de Argentina en Acción por sus Derechos) que la trata de personas es “la acción de reclutar, alojar, trasladar, secuestrar, hacer desaparecer, recibir, acoger, tanto sea dentro del país como el ingreso o salida del mismo, a personas con fines de explotación, cualquiera sea la edad de las víctimas y aunque hayan dado su consentimiento. Los fines pueden ser: explotación de la prostitución ajena, trabajos forzados, esclavitud o prácticas análogas, servidumbre, matrimonio servil, extracción de órganos, pornografía infantil y adulta, turismo sexual, procreación obligada para la venta de niñas/os, extracción obligada de óvulos, venta de niñas/os o cualquier otra forma de explotación.” Definición que también encontramos en el blog de la Campaña que se lleva a cabo en el país “Ni una mujer más víctima de las redes de prostitución”.
Los debates en torno a la definición de trata de personas se establecen principalmente en la aceptación o en el rechazo de la legalidad de la explotación de la prostitución ajena, del trabajo esclavo o de la vulnerabilidad de las personas. La definición que se observa aquí parte del encuadre legal que establece el respeto por los Derechos Humanos de las víctimas y que está contemplado en varios Tratados de Derechos Humanos Internacionales ratificados en nuestro país. Dentro de este marco este negocio es ilegal en sí mismo. Leemos en el blog de la mencionada Campaña: “Los bienes jurídicos a proteger son los derechos humanos de las personas. El delito se configura aunque no se hayan usado medios y aunque la víctima haya prestado consentimiento. Se parte de principios básicos: ninguna persona puede consentir su propia explotación y las víctimas son siempre inocentes.” Y continuamos leyendo: “Para prevenir la trata hay que actuar sobre la demanda, las redes mafiosas y las complicidades de los Estados. Las convenciones actuales que tienen como objetivo proteger la seguridad de los Estados y la definición de trata que utilizan incorporan los “medios” para que se configure el delito. Esto los torna ineficaces para perseguir la trata y proteger a las víctimas, ya que pone a estas últimas o al Estado en la necesidad de probar que se usaron dichos medios, es decir la falta de consentimiento de las mismas.”
Dicha Campaña se opone a la ley de trata vigente en el país y lucha por una ley que condene efectivamente a los proxenetas y tratantes; que considere que explotar la prostitución ajena o someter a las personas a otras formas de trata, es siempre un hecho delictivo, cualquiera sea la edad de las personas explotadas; que no distinga entre víctimas mayores y menores de 18 años; una ley que no presuma, en ningún caso, el consentimiento de las víctimas con su propia explotación; que no exija probar que las personas objetos de trata no estuvieron de acuerdo con ser sometidas a la misma; que establezca que el delito depende sólo de las acciones de los tratantes y proxenetas, sin presumir la complicidad de las víctimas; que establezca la responsabilidad insoslayable del Estado en la protección a las personas afectadas, evitando intervenciones que las revictimicen y proveyéndoles los medios materiales y simbólicos que les permitan salir de su situación de explotación y finalmente que proteja efectivamente los Derechos Humanos de las víctimas.
Por su parte AMMAR Córdoba exige al Estado “la creación de un registro público de mujeres, niños y niñas desaparecidas/os; que toda denuncia de desaparición sea tomada como un posible caso de Trata de persona; y que se termine con la persecución a las Trabajadoras Sexuales persiguiendo lo que realmente es delito: el proxenetismo, la explotación y la Trata de personas.”
En el anterior número de la revista “El Satélite” pudimos acceder a una serie de datos históricos sobre la existencia de redes de Trata de personas para la explotación de la prostitución ajena en la ciudad de Rafaela. Nos preguntamos entonces: ¿podemos eludir la cuestión de su existencia en la actualidad? Creemos que no. En Rafaela, como en todo el país operan estas redes, y urge tomar conciencia de su existencia. Por otra parte las desapariciones de mujeres en la ciudad (al menos una ha tomado estado público a través de los medios locales), ¿no nos hacen pensar acerca de la posible vinculación de estos hechos con la existencia de las redes de Trata de personas?
La estigmatización y persecución de las personas que ejercen la prostitución esconde la cara hipócrita de la sociedad en la que vivimos. Nosotras creemos que hay que perseguir a quienes ejercen la explotación de la prostitución ajena, terminar con la complicidad social y además exigimos al Estado que intervenga en el desmantelamiento de las redes de Trata de personas.
“Enredadera”. grupo de mujeres y feministas, nos reunimos todos los sábados a partir de las 16.30 hs. en el Centro Cultural y Social Estación Esperanza. Nuestra dirección de correo electrónico es espaciodemujeres_rafaela@yahoo.com.ar
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